| Definición:
La Coordinación
de Bienestar Estudiantil es
de carácter Técnico-
administrativo con adscripción
al despacho del Director de
Desarrollo Estudiantil y funcional
a los departamentos y coordinaciones
de toda la dependencia. Estará
ubicado en el nivel medio de
la organización, y realizará
funciones de asesoría
en cuanto al desarrollo y mejoramiento
de los programas de bienestar
estudiantil.
Visión:
Ser
reconocida por las unidades
de la dependencia como una oficina
competente en la ejecución,
implementación y mejoramiento
de los diferentes programas
de bienestar estudiantil.
Misión:
Asesorar
a la Dirección, Subdirección
y diferentes unidades que componen
la estructura organizativa de
la dependencia en la coordinación,
formulación, seguimiento
y evaluación de los programas
y reglamentos de bienestar estudiantil
a corto, mediano y largo plazo,
con el propósito de contribuir
en la toma de decisiones en
el área socioeconómica
que permitan dar respuestas
efectivas a las exigencias de
los estudiantes universitarios.
Objetivo
General:
Fortalecer
los programas de bienestar estudiantil
a los fines de garantizar la
prestación de los diferentes
servicios a los estudiantes
de la Universidad de Carabobo,
tomando en cuenta las políticas,
normas y procedimientos emanadas
de la gerencia de la Dirección
de Desarrollo Estudiantil y
establecidas en los reglamentos.
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